Si la Constitución permite esto, también exige proporcionalidad y claridad. El tipo penal de tentativa funciona cuando se prueba acto directo y peligro real, no cuando se arma con suposiciones. Si el elemento de género se presume por relación previa, entonces el estándar baja, y un estándar bajo abre la puerta a arbitrariedad. Arbitrariedad produce desconfianza, y desconfianza reduce denuncias, y eso termina dañando a las mismas mujeres que se pretende proteger. El punto no es suavizar el castigo, es hacerlo sostenible. La SCJN avaló la constitucionalidad en abstracto, pero la práctica mexicana está llena de carpetas mal hechas. Beneficia a fiscales perezosos si la narrativa reemplaza al peritaje. Lo que necesitamos es una justicia que demuestre, no que adivine. Si no se corrige eso, la figura se volverá munición política, no protección.
